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jueves, 14 de mayo de 2020

ABRIENDO EL CAPÓ


En el siguiente vídeo Alberto nos enseña los principales elementos que debemos vigilar periodicamente,


  • Vaso de expansión: depósito que contiene el líquido refrigerante o anticongelante.
  • Depósito del liquido del limpiaparabrisas. En el tapón aparece marcado un parabrisas con un limpiaparabrisas en movimiento.
  • Tapón de llenado del aceite. Si se trata de reponer aceite echaremos del mismo que ya contiene.
  • Varilla del aceite. Al sacarla veremos el nivel de aceite que tiene el motor.
  • Depósito del líquido de frenos. Al igual que el vaso de expansión tiene marcados un máximo y un mínimo, repondremos cuando el nivel se encuentre por debajo del mínimo. 
  • Batería.
  • Filtro del aire. Contiene las impurezas que tiene el aire y que no pueden pasar al interior del motor. Lo vigilaremos con más frecuencia en verano que en invierno.
Todas estas comprobaciones deberán hacerse con el motor parado, frio y lo mas llano u horizontal que podamos. 



viernes, 13 de junio de 2014

REFORMA DE LA LEY DE TRAFICO 2014.

·         CAMBIOS CON RESPECTO A LAS BICICLETAS:
o   Estarán obligados los menores de 16 años a llevar casco de bici cuando circulen dentro de poblado.  Incluyendo la circulación por parques. Fuera de poblado sigue como estaba, es decir todos deben llevar casco.
o   La sanción por no llevar casco será la misma que si un motorista no lo lleva, actualmente 200 €.
o   El conductor de una bicicleta podrá ser sancionado pero la bicicleta no podrá ser inmovilizada.
·         CAMBIOS CON RESPECTO A LA VELOCIDAD:
o   De momento la velocidad máxima sigue siendo 120 km/h.
o   Se prohíben los detectores de radar o de cinemómetros. Su uso será multado con 200 € y retirada de 3 puntos del carné de conducir.
o   Se permiten los avisadores de las posibles ubicaciones de los radares. Los prohibidos son los que rastrean mediante ondas la localización del radar y también se prohíben los que pueden anular o modificar su funcionamiento.
·         CAMBIOS CON RESPECTO A LOS NIÑOS:
o   A partir de ahora se podrá inmovilizar un vehículo si no hace uso del dispositivo de retención infantil adecuado.

o   Con respecto a los menores en los asientos delanteros todo sigue igual hasta la aprobación del Reglamento General del Circulación. Es decir podrán viajar los menores de 12 años en los asientos delanteros de forma excepcional cuando lleven el correspondiente sistema de retención infantil adecuado a su peso y su talla.

                                                              Continuará .......

jueves, 12 de junio de 2014

Bienvenidos

Desde este blog queremos ofreceros información relacionada con la formación vial y el tráfico y responder a cuantas preguntas se os puedan ocurrir. Esperamos lograrlo. Muchas gracias por seguirnos.